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domingo, 4 de octubre de 2020

Referéndum de autodeterminación en Nueva Caledonia, el caso opuesto a Malvinas, estando ambas colonias incluidas entre los territorios no autónomos de la IV Comisión de la ONU


Referéndum en Nueva Caledonia

Este domingo 04 de octubre de 2020 se llevó a cabo en Nueva Caledonia, uno de los territorios franceses de ultramar, el segundo referéndum de autodeterminación. Los electores, como hace dos años en el primer referéndum, nuevamente votaron por el No a la independencia de este pequeño archipiélago estratégico de 270.000 habitantes en el Pacífico Sur.
El No a la independencia alcanzó el 53,3% contra el 46,7 del Si, con una tasa de participación alta, el 85,6% del padrón habilitado para votar, en contraposición al 81% que participó del primer referéndum hace dos años.
Según el Acuerdo de Nouméa, un tercer réferendum puede ser organizado de aquí al 2022. Este acuerdo, que preveía la transferencia de algunas competencias de Francia hacia Nueva Caledonia, a excepción de la Defensa, la Justicia, la Seguridad y la moneda, fue firmado el 5 de mayo de 1998 en Nouméa.
 
"Voulez-vous que la Nouvelle-Calédonie accède à la pleine souveraineté et devienne indépendante ?".


La lectura de los votos de este nuevo referéndum entrega una imagen de un territorio muy dividido, entre el Norte y las islas del archipiélago, de mayoría kanak, favorables en casi un 80% a la independencia, y el Sur, donde se encuentra la capital Nouméa, que prefiere permanecer como colonia francesa casi en el mismo porcentaje de votos.
 
¿Y por qué son válidos estos referéndums sobre la autodeterminación e independencia de Nueva Caledonia, colonia francesa inscripta como territorio no autónomo del Comité de Descolonización de las Naciones Unidas y no es válido el referéndum que llevaron a cabo los habitantes de las islas Malvinas, colonia británica también incluida como territorio no autónomo de la IV Comisión de la ONU, el 10 y 11 de marzo de 2013?
Sencillamente porque los kelpers o habitantes de Malvinas son un pueblo implantado, que arribaron a las islas a partir de 1833, con la usurpación británica de las islas y la expulsión de la colonia argentina establecida en años anteriores, en contraposición a los habitantes de Nueva Caledonia, representados por la etnia kanak, considerados tradicionalmente como un pueblo melanesio, cuya instalación en el archipiélago tendría más de 3.000 años.

Lic. Hernán Favier, 04 de octubre de 2020

jueves, 10 de octubre de 2019

La Comisión de Política Especial y de Descolonización, conocida como la IV Comisión, comenzó su debate general, que incluye la cuestión Malvinas


A un año de que culmine la Tercera Década Internacional, las delegaciones señalan la urgencia de eliminar el colonialismo en los 17 territorios no autónomos.

La IV Comisión (política especial y de descolonización) comenzó hoy su debate general, una ocasión para que las numerosas delegaciones de América Latina y el Caribe reiteren su posición de principio vis-à-vis del diferendo de soberanía que toca a las islas Malvinas, las Georgias del Sur, las Sandwich del Sur y los espacios marítimos asociados, resaltando la mejora de las relaciones entre la Argentina y el Reno Unido en esta cuestión.
Aunque la Tercera Década Internacional de eliminación del colonialismo terminará en un año, la presidente del Comité Especial de Descolonización señaló la urgencia de poner fin a situaciones coloniales que persisten en los 17 territorios inscriptos en el orden del día de la Cuarta Comisión, un pedido acompañado por numerosas delegaciones. Es en nombre del “respeto democrático” del derecho a la autodeterminación de los pueblos, un derecho que es “la base de las relaciones pacíficas y amistosas entre los Estados”, según Paraguay, que las delegaciones invocaron esta urgencia. Uruguay incluso afirmó que “el colonialismo es un anacronismo en pleno siglo XXI”.
A instancias de Brasil, que tomó la palabra en nombre del Mercosur, numerosos Estados miembros reafirmaron la soberanía de la Argentina sobre las “islas Malvinas”. También describieron esta “situación colonial especial” como aquella de un territorio colonizado y no de un pueblo colonizado, donde, después de la ocupación por el Reino Unido en 1833, esta “potencia administrativa trasplantó allí su propia población”. Como lo precisó Guatemala, el principio de autodeterminación no debe servir de pretexto para no dejar alcanzar la integridad territorial de un Estado existente, como lo estipula la resolución 1514 de la Asamblea General de la ONU.
Este argumento también es defendido por Argentina, pero, con una nota positiva, su representante explicó que su gobierno se esfuerza en adoptar un devenir constructivo sobre el conjunto de las cuestiones bilaterales. Como ejemplo, él citó algunas acciones recientes que tienden, entre otras cosas, a promover una mejor “conectividad entre el territorio continental argentino y las islas Malvinas”. Proposiciones como implementar un vuelo semanal fueron formuladas y también el éxito de haber podido individualizar los restos de 114 soldados argentinos enterrados en el cementerio de Darwin en Malvinas con la ayuda de la Cruz Roja, fueron resaltadas por el representante argentino. Agregó que los familiares de esos soldados, que pudieron viajar al cementerio este año, fueron bien recibidos.
Sin embargo, y a pesar del progreso en varios sectores, todavía no fue posible retomar las negociaciones sobre la soberanía de las islas Malvinas, se lamentó la parte argentina. Por su parte, el Reino Unido, declaró no tener ninguna duda en cuanto a la soberanía británica de las islas, haciendo observar que no se puede invocar la autodeterminación a menos que las poblaciones demanden ejercer ese derecho. Entonces, durante el último referéndum de 2013 en las islas, una mayoría absoluta deseó permanecer bajo la bandera del Reino Unido, declaró. La Argentina consideró que la realización del referéndum de 2013 constituyó un “acto unilateral que permitió a ciudadanos británicos manifestar su elección de seguir siendo británicos”.

Fuente: UN Press, 7 octobre 2019.
Extracto traducido del francés.

miércoles, 25 de septiembre de 2019

El reclamo de soberanía por las islas Malvinas se hizo escuchar nuevamente durante el discurso del presidente Macri en la 74º apertura de sesiones de la Asamblea General de la ONU


En la alocución que realizó el presidente argentino Mauricio Macri en Nueva York, en la 74º apertura de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, la Argentina renovó su imprescriptible reclamo de soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y espacios marítimos circundantes, instando nuevamente al Reino Unido a sentarse a la mesa de negociaciones para dirimir de manera pacífica el contencioso entre ambos países.
También hubo una mención especial a una deuda pendiente del Estado argentino saldada, el Proyecto Humanitario Malvinas, que, a través de la Cruz Roja Internacional, se logró individualizar casi la totalidad de las tumbas de los soldados argentinos enterrados en el cementerio militar de Darwin.



martes, 25 de junio de 2019

El Comité Especial de Descolonización de la ONU aprobó una nueva resolución instando a reanudar las negociaciones por la soberanía de las islas Malvinas


La ONU lamenta que la cuestión de las islas Malvinas siga sin resolverse tras 55 años de espera

En una resolución aprobada por consenso, el Comité Especial de Descolonización de la ONU pide a los Gobiernos de Argentina y el Reino Unido que reanuden unas negociaciones encaminadas a encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la controversia sobre la soberanía relacionada con la cuestión de las Islas Malvinas.

El Comité Especial de Descolonización escuchó este lunes a distintos representantes diplomáticos de América Latina mostrar el interés de la comunidad internacional en que los Gobiernos de Argentina y el Reino Unido reanuden sus negociaciones, a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica, justa y duradera de la controversia sobre la soberanía relacionada con la Islas Malvinas.
Entre los intervinientes estuvo el ministro argentino de Relaciones Exteriores y Culto argentino, Jorge Faurie, quien junto con otros representantes de la región reclamaron la soberanía de Argentina sobre las Malvinas.
Bajo el entendido supuesto de que el mantenimiento de situaciones coloniales es incompatible con el ideal de paz universal de las Naciones Unidas, el Comité aprobó una resolución en la que lamenta que, no obstante, “el tiempo transcurrido” desde la aprobación de la primera resolución de la Asamblea General sobre este asunto en 1965, “esa prolongada controversia aún no haya sido resuelta”.

Buenas relaciones no aprovechadas

El Comité expresa su preocupación por que el buen estado de las relaciones entre la Argentina y el Reino Unido no haya conducido aún a negociaciones sobre la cuestión de las Islas Malvinas, lo que a su juicio “debería facilitar la reanudación de las negociaciones para encontrar una solución pacífica a la controversia sobre soberanía”.
El texto del documento lamenta que, a pesar del amplio respaldo internacional a una negociación entre los Gobiernos de Argentina y el Reino Unido que incluya todos los aspectos sobre el futuro de las Islas Malvinas, “aún no hayan comenzado a aplicarse las resoluciones de la Asamblea General sobre esta cuestión”.
Por ese motivo, pide a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido que afiancen el actual proceso de diálogo y cooperación mediante la reanudación de las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la controversia sobre la soberanía de las Islas Malvinas.
El Comité decide finalmente mantener este asunto en su agenda.

Fuente: ONU Media, 25 Junio 2019

martes, 26 de febrero de 2019

Revés diplomático para el Reino Unido, la CIJ demanda poner fin a su administración del archipiélago de Chagos; un nuevo escenario para el reclamo argentino por Malvinas


La Corte Internacional de Justicia estimó este lunes 25 de febrero que Gran Bretaña había separado ilegalmente la isla de Chagos del territorio de Mauricio. Según los jueces, amparados en el derecho internacional, el proceso de descolonización de Mauricio no fue llevado de modo correcto cuando el país accede a su independencia en 1968. Una victoria diplomática para la isla y un desaire histórico para Londres, incluso aunque se trate de una opinión consultiva.
La opinión de la Corte superó las expectativas de los habitantes de Mauricio. La más alta jurisdicción de las Naciones Unidas acaba de decir que la separación de la isla de Chagos del territorio de Mauricio por los británicos en 1965 era un “acto ilegítimo que perdura”.
Por trece votos contra uno, los jueces estimaron que el Reino Unido debe en el menor plazo posible poner fin a su administración del archipiélago de Chagos, situado en el Océano Índico. Una opinión que no es obligatoria pero que conlleva un carácter altamente simbólico y constituye un duro golpe diplomático para el Reino Unido.
Tres años antes de su independencia, Mauricio había aceptado dejar Chagos bajo administración británica al precio de 4 millones de libras. Pero la CIJ estima que el gobierno de Mauricio todavía estaba bajo administración británica y por eso no se pudo pronunciar libremente.
Con respecto a los chagosianos, expulsados de su territorio de 1967 a 1973, aunque es una tardía reivindicación fue celebrada en la isla, uno de los que festejaron el veredicto fue Olivier Bancoult, presidente del grupo de refugiados de Chagos.
Durante los debates, el Reino Unido reconoció que los métodos de expulsión utilizados en la época eran “injustos y vergonzosos”, pero en 2016 Theresa May extendió por 20 años el contrato de arrendamiento con Estados Unidos para su base militar de Diego García, rechazando el regreso de los chagosianos.
El primer ministro de Mauricio Pravind Jugnauth por su parte instó a Londres a reabrir las negociaciones, pero reiteró que el no reclama la partida de los norteamericanos. 
Otros dirigentes políticos abogan por una descolonización completa de Mauricio.



martes, 4 de septiembre de 2018

La cuestión Malvinas y el antecedente del archipiélago de Chagos llegan a la Corte Internacional de Justicia


Opinión Consultiva sobre las consecuencias jurídicas de la separación del Archipiélago de Chagos de Mauricio en 1965 [Actualizado]

El día de hoy la Argentina presentó su posición ante la Corte Internacional de Justicia en el proceso de solicitud de Opinión Consultiva sobre las consecuencias jurídicas de la separación del Archipiélago de Chagos de Mauricio en 1965, en las audiencias orales que están teniendo lugar en La Haya, Países Bajos. La opinión consultiva fue solicitada por la Asamblea General de Naciones Unidas en junio de 2017 por Resolución 71/292, que la Argentina patrocinó y votó a favor.
El archipiélago de Chagos formaba parte de la colonia británica de Mauricio. En 1965, tres años antes de que Mauricio obtuviera su independencia, el Reino Unido decidió separar al archipiélago de Chagos y arrendarlo a los Estados Unidos para la construcción de una base militar, que al día de hoy sigue operando allí. La población del Archipiélago fue deportada sin que se les permita regresar hasta la fecha.
La participación en este procedimiento brinda a la Argentina la posibilidad de presentar su posición en relación con principios comunes y elementos que pudieren ser receptados que son de relevancia para la Cuestión de las Islas Malvinas y de ese modo incidir en la Opinión Consultiva que dictará la Corte.
El Consejero Legal de la Cancillería, Embajador Mario Oyarzabal, y el profesor argentino especialista en derecho internacional Marcelo Kohen, fueron quienes representaron a la Argentina.
Los principales elementos de las presentaciones argentinas escritas y orales fueron los siguientes:
- Corresponde a la Asamblea General determinar cómo y cuándo se ha descolonizado un territorio no autónomo;
- El territorio de una colonia tiene una condición jurídica distinta e independiente de la del Estado que lo administra;
- La Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró normas de derecho internacional existentes, en particular los principios de libre determinación de los pueblos y de respeto por la integridad territorial;
- El respeto por la integridad territorial resulta aplicable a los Estados y los pueblos cuyo derecho a la libre determinación ha sido reconocido, del modo establecido en las resoluciones pertinentes de la Asamblea General;
- La potencia administradora no tiene derecho a adoptar medidas unilaterales que cambien la condición jurídica del territorio no autónomo, ni a disponer de él para sus propios fines.
En ese marco, la Argentina sostuvo que el proceso de descolonización de Mauricio no fue completado legalmente, dado que se quebrantó su integridad territorial. Destacó además que los habitantes de Chagos, que son parte del pueblo de Mauricio, fueron expulsados de sus hogares y deportados, y no se les ha permitido retornar desde aquel entonces, lo cual no es compatible con el derecho internacional.
La Corte Internacional de Justicia es el principal órgano judicial de la ONU y su opinión tiene un significativo peso político y jurídico
La Argentina realizó una primera presentación escrita en este procedimiento el 1 de marzo de este año y respondió a los comentarios de otros países el 15 de mayo pasado.
Otros países que participan incluyen, además de Mauricio y el Reino Unido, Alemania, Australia, Belize, Botswana, Brasil, Chile, Chipre, China, la República de Corea, Cuba, Djibouti, Estados Unidos, Francia, Guatemala, India, Islas Marshall, Israel, Kenia, Lesotho, Liechtenstein, Madagascar, Namibia, Nicaragua, Niger, Nigeria, Países Bajos, la Federación Rusa, Serbia, Seychelles, Sudáfrica, Tailandia, Vanuatu, Vietnam, Zambia y la Unión Africana.

Fuente: Cancillería Argentina. Información para la Prensa N° 352/18 04 de septiembre de 2018


Actualización:

Concluyeron los tres días de audiencia pública en la Corte Internacional de Justicia y comienza la deliberación.



domingo, 5 de noviembre de 2017

Actualidad: Cartas hasta hoy desconocidas datadas en 1767 ratifican la jurisdicción argentina sobre las Islas Malvinas


Documentos inéditos de 1767 ratifican la soberanía de Argentina sobre las Islas Malvinas

Se trata de tres cartas entre el gobernador de Buenos Aires y de las islas. El gobierno recibió el material y ahora podría intervenir para hacer un reclamo ante la ONU.

Son tres cartas inéditas fechadas en 1767. Tres documentos escritos en español antiguo que incluyen un intercambio epistolar entre el primer gobernador de las Islas Malvinas y el entonces mandatario de Buenos Aires. Los tres escritos llegaron a manos del gobierno hace pocos días y revelan un hecho inusitado para la historia nacional: ratifican la soberanía geopolítica de la Argentina sobre las Islas Malvinas.
El presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el canciller Jorge Faurie ya fueron informados del tema. También está al tanto el senador radical Julio Cobos, que fue quien ofició de nexo entre un coleccionista privado de obras históricas que dio con el hallazgo y el Estado argentino. El dato político más significativo de esta revelación histórica que pudo conocer en exclusiva Infobae es que en el futuro inmediato, el Gobierno podría utilizar estos documentos como nueva base de sustentación para darle más sustento a la pelea en las Naciones Unidas por el reclamo de la soberanía argentina en las islas del Atlántico Sur.
El primer documento está fechado en Buenos Aires el 18 de febrero de 1767 y es una carta del entonces gobernador bonaerense Francisco Bucarelli y Ursúa (expulsor de los Jesuitas) a Felipe Ruiz Puente, primer mandatario de las Islas Malvinas. El texto, que se halla bajo estricto resguardo en el Archivo General de la Nación, sostiene que desde Buenos Aires se enviarán ocho prisioneros "a ración y sin sueldo" como mano de obra para la flamante gobernación de las Malvinas, creada cuatro meses antes por orden del rey Carlos III. "Señor mio: con destino a servir en las Reales obras de las Islas Malvinas a ración y sin sueldo remito a Usted los individuos señalados en la adjunta relación para [que] disponga la conducción y permanencia allí de estos reos el tiempo de su condena", firma el gobernador de Buenos Aires al tiempo que da la lista de ocho presos.
El segundo documento es una carta fechada en Malvinas el 25 de abril de 1767 enviada por el gobernador de Malvinas Felipe Ruíz Puente a su par bonaerense Bucarelli y Ursúa. En esa misiva le explica la necesidad de levantar una capilla en Malvinas "para todo el pueblo, pues solo se cuenta con una muy precaria, con una imagen de San Luis". Y solicita a la vez "un pequeño sagrario o tabernáculo con su copón correspondiente y una imagen de la Advocación que V.E determinare para Patrono de esta posesión". Cabe destacar que el Puerto Soledad se bautizó como Saint Louis cuando fue descubierto por los franceses. Sucede que las islas luego fueron transferidas a la corona española por Francia.
Y el tercer documento hallado, que obra en poder del Estado en estos momentos, está datado en Buenos Aires el 2 de diciembre de 1767. También se trata de una carta dirigida por el gobernador de Buenos Aires al primer gobernador de Malvinas. Allí se sostiene que desde la capital argentina se enviarán los vasos sagrados y ornamentos para "erigir una nueva capilla en esa Colonia", así como una imagen de la Virgen de la Soledad para que sea declarada patrona de la población. Quizás esta sea la única pista para descubrir el origen del nombre de la Isla Soledad.


Por otra parte, las fuentes consultadas destacaron que entre los detalles importantes de las cartas, uno de los documentos menciona la enumeración de "reos" que fueron a trabajar ya que entre ellos sólo uno era de origen noble y de apellido Díaz. No sólo estos reos fueron a Malvinas, sino que comenzaron las primeras obras de la Capilla y está mencionado que fueron los Franciscanos quienes aportaron su asistencia espiritual al comienzo de dominio de la corona española. El documento está datado el 25 de abril de 1767, la fecha del traspaso de dominio francés de las islas al reino español, y para los historiadores y el arco político, estos documentos revelan una posesión del territorio español, por lo que tras la independencia de la Argentina, pasó a ser la república poseedora de las islas Malvinas.
"La particularidad del documento es el uso de la palabra 'Colonia', calificativo de los Borbones, reinantes en esa etapa en la península Ibérica. Ese término es vital para reconocer a las islas como dependientes de una gobernación bonaerense, luego del Virreynato del Río de la Plata, más tarde de las provincias Unidas y por último de la Nación Argentina", expresó el coleccionista privado que encontró los documentos y que se los donó al Estado. Por razones de seguridad, el anticuario prefirió denominarse con las iniciales N.L.D a fin de no revelar su identidad.
El Gobierno tiene conocimiento de estos documentos que ahora están en poder del Archivo General de la Nación. Una fuente calificada de la Casa Rosada admitió que "hay altas posibilidades de que estas cartas puedan ser usadas para presentar en naciones Unidas como nuevos elementos de defensa de la soberanía de la Argentina en las islas Malvinas".
Por otra parte, el senador Cobos destacó que "los documentos recibidos tienen el valor histórico de que ratifican la posesión de las Malvinas por parte de lo que luego sería el territorio argentino y es un hecho que sin dudas marcará un antes y un después en la diplomacia".
La ex canciller Susana Malcorra fue la que recibió el año pasado esta documentación, y la diplomática expresó en diálogo con Infobae que "los documentos hallados pueden llegar a tener un peso político muy fuerte". Es que si el gobierno lleva esta documentación a las Naciones Unidas se podría modificar el voto de algunos países del Comité de Descolonización que hasta ahora estuvieron alineados con Gran Bretaña. Malcorra dijo que si se ratifica la autenticidad de esos documentos "el tema se torna interesante".
Anteayer, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) terminó de analizar científicamente los documentos inéditos para autentificar su identidad y reveló que son reales. Se realizaron "análisis cuali/cuantitativo de fibras mediante la observación con microscopio optimo (MO) y microfotografias". El informe técnico es el SOTN 18-5230. "Se tomaron muestras con algunos escasos milímetros cuadrados en zonas de reborde y sin escritura tratando de no afectar las dimensiones originales ni su aspecto", dice el documento.
A su vez, el Archivo General de la Nación avaló esa documentación y la resguardó en su poder bajo llave. Ahora espera que el Gobierno tome el tema y se avance con el reclamo político ante Gran Bretaña en el Comité de Descolonización de Naciones Unidas.
Desde la Fundación Nuestra Historia y la Confederación de Entidades patrióticas, Raul Eugenio Daneri dijo que "la validez de estos documentos es que tienen el peso político de que el reclamo argentino sobre las islas ya se sustentaba desde 1767 y no hay dudas de esto". La palabra de Daneri tiene un valor adicional: fue capitan del Regimiento de Infantería 7 Coronel Conde que combatió contra el Reino Unido en las Malvinas en la guerra de 1982. Daneri acompañó a N.L.D en una parte del hallazgo.
¿Cómo llegaron a manos del gobierno los documentos que pueden hacer un ruido diplomático de gran envergadura con Gran Bretaña?


Según pudo reconstruir Infobae a lo largo de varios meses de investigación, N.L.D adquirió en marzo de 2015 estas tres cartas a un anticuario del microcentro porteño que desconocía el valor histórico de esos documentos. El coleccionista empezó a averiguar el origen y la validez de los documentos y una vez que tuvo la certeza de que tenía entre manos una gran historia se la llevó a Cobos, que lo recibió tras un acto que compartieron en el Senado por la conmemoración del hundimiento del Crucero General Belgrano.
"Recuerdo que al principio tuvimos muchas dudas de la autenticidad de los documentos", sostuvo el senador de Mendoza. Pero con el tiempo las dudas se fueron disipando. De la mano de Cobos, el 21 de marzo del año pasado N.L.D le llevó los documentos a la entonces canciller Malcorra, luego accedió al tema el director del Archivo General de la Nación Emilio Perina y finalmente se recaló en el INTI para las pruebas científicas de las tres cartas.
Desde septiembre de 2016, los documentos fueron cedidos por N.L.D al Estado argentino y están bajo llave en el Archivo General de la Nación. Cobos informó del tema al jefe de Gabinete y al canciller Faurie que ya han avisado a Macri. El viernes pasado hubo una comunicación oficial del senador de Mendoza a Presidencia.
El coleccionista privado ya casi puede respirar tranquilo. No fue una aventura tan fácil. Recibió atentados en su domicilio y finalmente pudo salvar las cartas para donarlas al Estado. El 23 de noviembre presentará en sociedad esta documentación que hasta ahora eran secretos junto con la Fundación Nuestra Historia.
Luego le tocará el turno al Gobierno para avanzar en la batalla diplomática por las islas Malvinas. Los documentos que hoy se revelan pueden cambiar el curso de la historia.

Fuente: Infobae por Martín Dinatale 5 de noviembre de 2017
Documentos: Senador Julio Cobos

jueves, 21 de septiembre de 2017

El reclamo sobre Malvinas nuevamente presente en el discurso argentino durante la apertura del 72º período de sesiones de la Asamblea General de la ONU


En la alocución que realizó la vicepresidente argentina Gabriela Michetti en la Asamblea General de la ONU, la Argentina renueva su reclamo de soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur e insta nuevamente al Reino Unido a sentarse a la mesa de negociaciones para dirimir de manera pacífica el contencioso entre ambos países.



viernes, 23 de junio de 2017

Argentina obtiene nuevo y amplio respaldo de Naciones Unidas en su reclamo por Malvinas


Argentina obtiene nuevo y amplio respaldo de Naciones Unidas en su reclamo por Malvinas

El Canciller Jorge Faurie presidió hoy la delegación argentina que participó en la sesión del Comité Especial de Descolonización de Naciones Unidas en Nueva York dedicada al tratamiento de la Cuestión Malvinas. En esta jornada, se aprobó por consenso una nueva resolución que insta a la Argentina y al Reino Unido a reanudar negociaciones bilaterales para solucionar la disputa de soberanía sobre las islas Malvinas.
Faurie estuvo acompañado por los senadores nacionales Federico Pinedo, Julio Cobos y Rodolfo Urtubey; la Gobernadora de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Roxana Bertone, y el representante argentino ante la ONU, Martín García Moritán, entre otros funcionarios.
En su primera intervención ante este Comité, el Canciller destacó que la “Cuestión Malvinas es un tema histórico y central para todos los argentinos”, al tiempo que recordó que “así lo reconoce nuestra Constitución Nacional en su cláusula transitoria primera”.  “Malvinas trasciende a los gobiernos y supera las diferencias políticas y partidarias, constituyendo una verdadera política de Estado”, explicó.
El titular del Palacio San Martín recordó en su exposición que el paso del tiempo, “no ha debilitado la validez de nuestros derechos, ni ha hecho mermar nuestra convicción que esta controversia de soberanía deba verse resuelta por medio de negociación entre las dos partes” y renovó la “plena disposición” del gobierno argentino para reanudar las negociaciones.
Asimismo, exhortó al Reino Unido “a poner fin a la realización de actos unilaterales en materia de exploración y explotación de recursos naturales en el área de la controversia”, de conformidad con las resoluciones de las Naciones Unidas, y reiteró el pedido de “afianzar al Atlántico Sur como una zona de paz”.
El Canciller reiteró la voluntad del Presidente Macri de “inaugurar una nueva fase en la relación con el Reino Unido, fundada en los vínculos que unieron históricamente a ambos países”.
“Este nuevo marco permitió una serie de avances en materia de comercio, inversiones, ciencia y tecnología, educación y cultura, seguridad y derechos humanos” dijo Faurie, al tiempo que destacó el acuerdo que se suscribió entre la Argentina, el Reino Unido y el Comité Internacional de la Cruz Roja para la identificación de los soldados argentinos sin identificar enterrados en el cementerio de Darwin en las Islas Malvinas.
El Canciller finalmente agradeció a los miembros del Comité por su apoyo para la adopción por consenso de una nueva resolución “que renueva el histórico llamado" de las Naciones Unidas para "reanudar las negociaciones y encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la disputa de soberanía”.

Fuente: Cancillería Argentina. Información para la Prensa N° 255/17 23 Junio 2017

sábado, 8 de abril de 2017

Reflexiones sobre el momento en que la Argentina y el Reino Unido tercien sobre la cuestión de la soberanía de las Malvinas


"El pabellón argentino ondea nuevamente en Puerto Argentino"

Tarde o temprano ese momento llegará.
Han pasado 35 años del conflicto bélico que cerro 149 años de usurpación y clausuró una vía de resolución y nuestra diplomacia no ha podido, ni ha sabido, ni contaba con los medios, para hacer sentar al Reino Unido a la mesa de negociaciones para dirimir el contencioso que ya lleva más de 180 años, poniendo como punto de inflexión la expulsión del gobernador Luis Vernet de Puerto Soledad en enero de 1833.
Hoy es momento de aceptar que de la única manera de recuperar la soberanía de las islas sin ningún condicionamiento ni cesión es por manu militari, algo muy improbable; por lo tanto, llegó el día de pensar formalmente y con amplitud de criterio qué estamos dispuestos a ceder, a consensuar o a ofrecer para que en un futuro no tan lejano el pabellón argentino ondee en Puerto Argentino.
A partir de la aceptación de que en una mesa de negociaciones hay que acercar posiciones tan antagónicas como suele ocurrir en una disputa por la soberanía de un territorio, más allá de que los derechos argentinos son mucho más contundentes que los enarbolados por el Reino Unido, la búsqueda de un acuerdo requiere paciencia, conocimientos y tenacidad, y una pizca de picardía para saber leer el contexto geopolítico mundial al momento de dirimir los puntos de conflicto a franquear.
Hoy vemos al Brexit, la salida del Reino Unido de la Unión Europea, como un hito que puede influenciar sobre el posicionamiento, no sólo de los británicos con respecto a sus territorios de ultramar, sino sobre otros países del concierto mundial, la fluctuación o la desaparición de intereses compartidos en algún momento de la historia son elementos que la diplomacia debe estudiar muy profundamente; aunque el contencioso es entre la Argentina y el Reino Unido, los países o bloques regionales pueden ser potenciales “buffers” en las conversaciones sobre la soberanía del territorio en disputa. Y como la autodeterminación ya fue excluida por la ONU en la cuestión Malvinas lo que hay que garantizar son los derechos de los kelpers como ciudadanos, pero no sus deseos, que chocan con el reclamo legítimo argentino al ser una población implantada en territorio usurpado.
Localmente es difícil despegar del inconsciente colectivo el “Malvinas es un sentimiento” y más aún el renovado reconocimiento a nuestros veteranos de guerra; es teniendo en cuenta estos dos pilares que la diplomacia argentina deberá contemporizar el dolor, la sensación de entrega o la no aceptación de algunas concesiones en la mesa de discusiones.
Por eso ya es tiempo de pensar cuales son los lineamientos diplomáticos y los límites a establecer a las pretensiones británicas para que haya una cesión de soberanía. Es ingenuo pensar que el modelo Hong Kong pueda ser replicado casi con exactitud sobre Malvinas, el mundo, o mejor dicho las potencias militares, se están orientando más hacia el control de nudos logísticos que hacia extensos espacios territoriales, hacia plataformas y vías de comunicaciones que les permitan controles de áreas o regiones de gran valor geopolítico militar y económico, son políticas a largo plazo menos onerosas pero que otorgan gran valor estratégico, y según los defensores de esta postura permite dinamizar el despliegue del instrumento militar contra las fuerzas estáticas requeridas para mantener el control de posesiones lejanas, como las existentes en la base militar británica de Mount Pleasant en Malvinas.
España ofreció recientemente la “co-soberanía” del Peñón de Gibraltar al Reino Unido, algo rechazado de plano por estos últimos; es difícil que ese modelo salga desde nuestra diplomacia pero sirve como ejemplo para entender que algunas decisiones u ofrecimientos resultarán inaceptables si no hay una contraprestación o beneficio tangible para las aspiraciones argentinas.
Por último, sería interesante que nuestra Cancillería, en la medida de lo posible y sin entorpecer las futuras negociaciones, fuera liberando informes o resúmenes de la posición de partida, las expectativas de sentar a los británicos en la mesa de negociaciones, y el derrotero de la disputa en los foros y cumbres internacionales. Contar por anticipado con perspectivas, enfoques y distintos escenarios posibles para la solución del contencioso es un buen ejercicio de diplomacia bilateral, o como se ha puesto de moda últimamente, un buen ejercicio de multilateralismo.
Aún no están echadas todas las cartas, tampoco están marcadas, está en nosotros jugar de la mejor manera con las cartas que nos toquen.

Lic. Hernán Favier

domingo, 30 de octubre de 2016

Comunicado sobre la cuestión de las islas Malvinas en la XXV Cumbre Iberoamericana en Cartagena de Indias, Colombia


Las Jefas y los Jefes de Estado y de Gobierno de los países iberoamericanos, reunidos en Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, en ocasión de la XXV Cumbre Iberoamericana:
Reafirman la necesidad de que los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte reanuden, a la mayor brevedad posible, las negociaciones tendientes a encontrar una pronta solución a la disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, en el marco de las resoluciones de la Organización de las Naciones Unidas, de la Organización de los Estados Americanos y de las disposiciones y objetivos de la Carta de las Naciones Unidas, incluyendo el principio de integridad territorial.
Destacan las sucesivas resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas que instan al Secretario General a que lleve adelante gestiones de buenos oficios, a fin de que se reanuden las negociaciones tendientes a encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica a la referida disputa.
Reiteran la importancia de observar lo dispuesto por la resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación, mientras las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes estén atravesando por el proceso recomendado por la Asamblea General.
Saludan los encuentros bilaterales mantenidos en Davos, Suiza, el 21 de enero de 2016, y Washington D.C., Estados Unidos de América, el 1ro. de abril de 2016, entre el Presidente de la República Argentina y el Primer Ministro del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y la voluntad de ambos mandatarios, reconociendo las diferencias entre los dos países, de proseguir un camino de diálogo abierto.
Destacan la permanente actitud constructiva y disposición del Gobierno argentino para alcanzar por la vía de las negociaciones una solución definitiva a esta especial y particular situación colonial, tal como es definida por las Naciones Unidas.

martes, 20 de septiembre de 2016

Extracto del discurso del presidente argentino en la Asamblea general de la ONU relativo a la cuestión Malvinas


Extracto de la exposición ante la 71ª Asamblea general de las Naciones Unidas del presidente Mauricio Macri con respecto a la disputa de soberanía sobre las islas Malvinas

"...El diálogo, y la solución pacífica de controversias, es la piedra basal de la política exterior de la Argentina democrática. Por eso reitero nuestro llamado al diálogo con el Reino Unido, como mandan tantas resoluciones de esta organización, para solucionar amigablemente la disputa de soberanía que tenemos hace casi dos siglos por las islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes. Hemos dado muestras de interés en avanzar en nuestra relación bilateral, que puede y debe ser mutuamente beneficiosa, por eso confiamos también que será posible activar una solución definitiva a este prolongado diferendo..."



viernes, 24 de junio de 2016

Se llevó a cabo en Nueva York la novena reunión del Comité Especial de Descolonización de las Naciones Unidas (C-24)


Discurso ante el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales [Extracto]

Cuestión de las Islas Malvinas

Nueva York, 23 de junio de 2016

Señor Presidente:
Es un honor para mí dirigirme por primera vez como Ministra de Relaciones Exteriores de la República Argentina al Comité Especial de Descolonización de las Naciones Unidas.
En ese sentido, deseo reconocer los constantes esfuerzos del Señor Presidente y de los miembros del Comité Especial, para poner fin al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones, conforme a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y al mandato de la Asamblea General…

…Cuando en 1945 se fundaron las Naciones Unidas, había más de 80 territorios no autónomos en el mundo, en los que vivían 750 millones de personas. Desde entonces, el impulso a la descolonización fue una prioridad para la Organización y, en 1960, este proceso tuvo su hito fundamental con la adopción por la Asamblea General de la “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales”, la Resolución 1514 (XX), que constituye una verdadera Carta en materia de Descolonización.
Hoy, gracias a la labor de las Naciones Unidas, en especial a través del esfuerzo y compromiso de órganos como este Comité Especial, quedan solamente diecisiete territorios pendientes de descolonización.
La República Argentina ha apoyado este proceso desde su inicio y contribuye activamente a los esfuerzos del Comité, en particular en ocasión del examen anual de la situación de los territorios, en los debates en la Cuarta Comisión y en los seminarios regionales sobre descolonización.

Señor Presidente:
Como parte de las tareas de este Comité Especial, año tras año se trata un tema de gran relevancia para mi país: la cuestión de las Islas Malvinas, que constituye un caso especial y particular de las diecisiete situaciones coloniales aún no resueltas.
Este es un tema histórico y central en la política exterior de mi país y nuestra Constitución Nacional reafirma la legítima e imprescriptible soberanía de la República Argentina sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes y establece que “la recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”.
No voy a enumerar en esta ocasión los antecedentes históricos y jurídicos que avalan nuestros derechos, pues son por todos conocidos en este Comité, sino que simplemente recordaré que las Islas Malvinas formaron parte integrante del territorio argentino desde el nacimiento mismo de nuestra nación. En 1833, las Islas fueron ocupadas por el Reino Unido a través de un acto de fuerza. Este acto de fuerza que está en el origen y en el centro de la Cuestión Malvinas, nunca fue consentido por la República Argentina, que ha reclamado desde entonces la restitución del ejercicio pleno de soberanía.
El paso del tiempo no ha debilitado la validez de nuestro reclamo ni la fuerza de nuestra convicción de que esta prolongada controversia de soberanía debe ser resuelta por medio de negociaciones entre las dos partes involucradas en esta disputa.
Se trata, por tanto, de un tema que trasciende a los gobiernos y constituye una verdadera política de Estado en la que coinciden todas las fuerzas políticas de mi país, como lo refleja el hecho de que hoy me acompañen representantes de distintos partidos políticos.
En este contexto, deseo renovar ante el Comité Especial la plena disposición del Gobierno argentino para reanudar las negociaciones con el Reino Unido a fin de encontrar una solución pacífica y definitiva a la disputa de soberanía, como lo indican las sucesivas resoluciones pertinentes de la Asamblea General y de este Comité.

Señor Presidente:
En 1965, mediante la adopción de la Resolución 2065 (XX) la Asamblea General reconoció la existencia de una disputa de soberanía sobre la cuestión de las Islas Malvinas entre la Argentina y el Reino Unido, instando a solucionarla a través de negociaciones entre las dos partes y teniendo en cuenta los “intereses” de los habitantes de las Islas.
Desde el inicio del proceso de descolonización en los años 60, la Argentina ha apoyado firmemente el principio de la libre determinación de los pueblos, de conformidad con la Resolución 1514 (XX), resoluciones pertinentes de la Asamblea General y con los propósitos y principios de la Carta de Naciones Unidas. Pero el principio de libre determinación, como todo principio, no es absoluto. La libre determinación no puede quebrantar la integridad territorial de los Estados existentes. Es por ello que no es aplicable a los actuales habitantes de Malvinas, pues no son reconocidos como un “pueblo”, titular de ese derecho, por las resoluciones de las Naciones Unidas. A diferencia de los casos clásicos de colonialismo, en las que un pueblo preexistente es víctima de la instauración de una dominación colonial, las resoluciones sobre la “Cuestión Malvinas” no hacen referencia alguna al principio de libre determinación. Más aún, en 1985 la Asamblea General rechazó dos intentos de enmienda que procuraban incorporar una referencia al principio de libre determinación en la resolución sobre la cuestión de las Islas Malvinas.
Cuando el Reino Unido ocupó las Islas por la fuerza en 1833, expulsó de ellas a las autoridades y a la población del Estado que se encontraba en legítimo ejercicio de su soberanía, procediendo luego a llevar sus propios colonos y controlar férreamente la política migratoria, a través de la cual se decide hasta el día de hoy la composición poblacional del territorio.
Descolonización y libre determinación en consecuencia, no son sinónimos. No todos los casos de descolonización se resuelven aplicando el principio de libre determinación, pues en algunos casos como éste, subyace una disputa de soberanía que debe ser resuelta por las Partes en la controversia, esto es, la República Argentina y el Reino Unido.
A partir de la Resolución 2065 (XX) y por dieciséis años, los gobiernos argentino y británico entablaron negociaciones sustantivas, en cuyo transcurso se discutieron distintas propuestas concretas que contemplaban la recuperación del ejercicio de la soberanía por parte de la Argentina. Así en 1968 ambos gobiernos inicialaron un Memorándum de Entendimiento, cuyo “objetivo común era solucionar definitivamente y en forma amistosa la disputa sobre la soberanía”, en 1974 se discutió  una propuesta británica  de condominio en las Islas Malvinas como paso previo a una solución definitiva a la disputa de soberanía  y en febrero de 1981 tuvieron lugar reuniones bilaterales en Nueva York para solucionar el conflicto que, lamentablemente, no lograron avanzar en un acuerdo a pesar de los esfuerzos realizados.
Durante ese período, mi país implementó medidas concretas para mejorar las condiciones de vida de los habitantes de las islas, ofreciéndoles conexiones aéreas directas con una frecuencia semanal con la Argentina continental, abastecimiento de combustible, acceso al sistema de salud y educación, entre otros beneficios.
Posteriormente, a partir de 1982, el Reino Unido se ha mantenido intransigente en su negativa a reanudar las negociaciones, a pesar de los reiterados llamados de la Asamblea General, que, en noviembre de ese mismo año, a pocos meses de concluido el conflicto del Atlántico Sur, volvió a instar a las Partes, en su Resolución 37/9, a reanudar las negociaciones para solucionar la controversia de soberanía. Esto quiere decir que las Naciones Unidas dejaron en claro que el conflicto no había cambiado la naturaleza jurídica de la disputa, ni resuelto la misma.
Respecto al conflicto de 1982, quisiera recordar que el mismo, que tuvo lugar cuando nuestro país era gobernado por una dictadura militar, provocó la invalorable pérdida de numerosas vidas humanas argentinas y británicas, a las que es justo y necesario honrar.

Señor Presidente:
Han pasado veintiséis años desde que la Argentina y el Reino Unido restablecieron relaciones diplomáticas, a través de un acuerdo bilateral con cláusula de salvaguardia de soberanía, la cual resguarda sus respectivas posiciones en la disputa sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes.
A lo largo de este período, la República Argentina ha manifestado reiteradamente su voluntad de resolver esta cuestión a través de negociaciones con el Reino Unido, teniendo debidamente en cuenta los intereses de los habitantes de las islas y respetando su modo de vida. A nadie escapa que la falta de resolución a esta situación a través de los años ha obstaculizado el pleno desarrollo de la relación entre mi país y el Reino Unido…

…Deseamos mantener una agenda amplia con el Reino Unido, una que nos permita discutir todos los temas y construir entendimientos en las distintas esferas en las que encontremos oportunidades. Pero al mismo tiempo, queremos mantener un diálogo abierto y franco a fin de trabajar de manera intensa y sustantiva para la solución de nuestra prolongada disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes…
Señor Presidente:
Deseo compartir con los delegados ante este Comité Especial la convicción de mi Gobierno de que, con voluntad política, es posible lograr una solución definitiva a la Cuestión de las Islas Malvinas.
Agradezco una vez más los esfuerzos del Comité a favor de la superación de todas las situaciones coloniales y, en particular, su permanente atención sobre el caso especial y particular de la Cuestión Malvinas.
Deseo expresar nuestro especial reconocimiento a los países latinoamericanos que han copatrocinado el proyecto de Resolución, a nuestros socios y aliados del MERCOSUR, UNASUR, CELAC, OEA y G-77 y China y a todos los países de la comunidad internacional que suman permanentemente su apoyo para resolver esta controversia a través de los foros multilaterales, regionales y bi-regionales, entre ellos, las cumbres de Países Sudamericanos y Países Árabes (ASPA) América del Sur - África (ASA) e Iberoamericana.
Espero que estas reflexiones contribuyan a que el proyecto de Resolución que se someterá a consideración pueda contar, como en años anteriores, con el más amplio apoyo de este Comité Especial.
Muchas gracias.

Fuente: Comunicado de Prensa de la Cancillería Argentina 23 de junio de 2016
[El texto en negritas es mío]

jueves, 16 de junio de 2016

La Asamblea de la OEA aprueba hoy una nueva declaración argentina sobre la cuestión de las islas Malvinas


La Canciller argentina Susana Malcorra presentó en la Asamblea de la Organización de Estados Americanos un nuevo proyecto de resolución que fue aprobado en el día de la fecha sobre la cuestión Malvinas.

Los siguientes son los puntos sobresalientes de su discurso ante la Asamblea de la OEA:

- Tema histórico y central para los argentinos que incluso está en la Constitución y que tiene como objetivo permanente la recuperación de la soberanía, objetivo que trasciende a los gobiernos.
- La ONU mediante la Resolución 2065 (XX) reconoció la existencia de una situación colonial en las Malvinas y tomó nota de la disputa de soberanía entre los dos países señalando un caso típico de descolonización donde subyace una disputa de soberanía.
- El objetivo a alcanzar es respetar la integridad territorial de Argentina teniendo en cuenta los intereses de los habitantes.
- El derecho a la libre determinación de los pueblos no es un derecho absoluto, la libre determinación no puede quebrantar la integridad territorial de los estados existentes.
- Con una agenda diplomática amplia con el Reino Unido se busca mantener un diálogo abierto y franco con el fin de trabajar de manera intensa y sustantiva en la solución de nuestra prolongada disputa sobre las islas Malvinas.
- Para las futuras generaciones es necesario encontrar una solución a la controversia de soberanía sobre las islas Malvinas.
- Creemos que existe actualmente un marco favorable para el tratamiento bilateral de la cuestión.
- Esperamos que en este marco constructivo el gobierno del Reino Unido evite la realización de actos unilaterales en el área bajo disputa que afecten a los recursos naturales.
- Solicitamos nuevamente a los estados miembros de la OEA que continúen apoyando el llamado a la reanudación de las negociaciones entre la Argentina y el Reino Unido a fin de resolver esta prolongada controversia que afecta a todo nuestro hemisferio.
- Argentina agradece este apoyo al nuevo proyecto de declaración sobre la cuestión Malvinas.



domingo, 27 de marzo de 2016

En la ONU, la Cancillería a través de la COPLA logró que se adoptara por consenso la presentación argentina del límite exterior de la plataforma continental


Luego de 20 años de un intenso trabajo cientí­fico, técnico y jurídico de un equipo interdisciplinario liderado por la Cancillería a través de la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA), la Argentina obtuvo en Nueva York un éxito muy importante de su política
exterior: el 11 de marzo de 2016 la Comisión de Límites de la Plataforma Continental (CLPC) adoptó por consenso, (sin ningún voto en contra) las Recomendaciones sobre la Presentación argentina del límite exterior de su plataforma continental.
Corresponde aclarar que la CLPC por su parte, es un órgano cientí­fico encargado de analizar las presentaciones realizadas por los Estados que fue creado por la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (CONVEMAR), funciona en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York y está integrado por 21 expertos internacionales de reconocido prestigio.
La Comisión ha reconocido el caso argentino como un “leading case” pues la Argentina fue el primer país que utilizó todos los elementos permitidos por la CONVEMAR de la forma más favorable para el país y además fue el primer Estado que esgrimió con éxito argumentos geológicos para determinar el pie talud continental.
La presentación incluyó el límite exterior de la plataforma continental de todo el territorio argentino: continental, islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y Antártida Argentina y está formado por 6336 puntos de coordenadas geográ­ficas en WGS84. Como ya se a­rmó la superfi­cie comprendida en la demarcación presentada, entre las 200 millas marinas y el límite exterior, es de aproximadamente 1.782.500 km2.
La plataforma continental demarcada por la Argentina en algunos sectores llega hasta las 369 millas marinas (683 km2), en otros hasta las 350 millas marinas y en aquellos sectores dónde el margen continental no se extiende tanto sobrepasa de todas maneras las 200 millas marinas.
En relación a la plataforma continental que presentó la Argentina proveniente de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur, dicha presentación así como la actuación de la Comisión han sido positivas para nuestro país fundamentalmente por distintas razones:
En primer lugar, porque la Comisión reconoció la existencia de una disputa de soberanía y por esa razón, en cumplimiento de la CONVEMAR y de su Reglamento, no analizó por el momento el límite en esa zona. En efecto postergó su análisis hasta tanto se resuelva la disputa de soberanía. De todos modos, los datos presentados por la Argentina sobre esa zona están depositados en la Secretaría de Naciones Unidas, así como todo el análisis realizado.
En segundo lugar, porque la Comisión ni siquiera formó una Subcomisión para analizar la presentación del Reino Unido sobre la plataforma continental de las Islas Malvinas, a raíz de la objeción presentada por la Argentina.
Por último, el mapa de la plataforma continental argentina es el que fue presentado originalmente (2009), con la plataforma continental, insular y antártica. El único efecto de la postergación del análisis de la zona en disputa, es que el límite de esa zona no quedará defi­nitivo y obligatorio para la comunidad internacional hasta tanto no haya una solución de la controversia de soberanía. La falta de análisis de ninguna manera “saca” del mapa esa zona. Por lo demás, al haber reconocido la Comisión la calidad de la Presentación argentina y la adecuada aplicación de las normas existentes en el sector que analizó, se puede presumir igual calidad en la parte no analizada.


La Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) fue creada en 1997 por Ley 24.815. Está presidida por la Cancillería (Vicecanciller) e integrada por el Jefe del Servicio de Hidrografía Naval y el Ministerio de Economía (Subsecretario de Presupuesto). Los miembros de COPLA están asistidos por un Coordinador General. Los profesionales que desarrollan el trabajo son juristas especializados en derecho internacional, geólogos, oceanógrafos, geofísicos, hidrógrafos, agrimensores, cartógrafos, especialistas en sistemas de información geográfi­ca, etc.

Fuentes: Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA) - Commission on the Limits of the Continental Shelf (CLCS - UN)


Actualización: 


La Argentina presenta el límite exterior de su plataforma continental

La presentación del límite exterior de la Plataforma Continental Argentina se realizará este lunes 28 de marzo a las 11 horas en el Palacio San Martín, con la presencia del Vicecanciller, Carlos Foradori, legisladores nacionales y autoridades de la Armada y Prefectura.
La canciller Malcorra aseguró: “Esta es una ocasión especial para la Argentina. Hemos dado un gran paso en la demarcación del límite exterior de nuestra plataforma continental: el límite más extenso de la Argentina y nuestra frontera con la humanidad. La Comisión del Límite Exterior de la Plataforma Continental, órgano científico integrado por 21 expertos internacionales de reconocido prestigio y creado por la Convención de la ONU sobre Derecho del Mar, adoptó por consenso, es decir sin un solo voto en contra, las recomendaciones sobre la presentación argentina”.

Cancillería argentina. Información para la Prensa N°: 081/16

miércoles, 16 de septiembre de 2015

La cuestión Malvinas en la Organización de las Naciones Unidas: cuando sólo la diplomacia no es suficiente (1946 - 1982)


Las resoluciones de la Asamblea General de la ONU desde 1946 hasta 1982

Desde que en el año 1946 quedaron asentadas las Islas Malvinas como territorio no autónomo, dando lugar a la reserva de derechos de Argentina sobre esos territorios, con un cruce de no reconocimiento de Argentina sobre las pretensiones de Gran Bretaña y viceversa, una serie de resoluciones se fueron sucediendo a través de los años, todas ellas callejones sin salida que desembocaron en la vía rápida del conflicto armado de 1982.
La primera resolución sobre los territorios en disputa es del 4 de diciembre de 1960, que ve la luz al amparo de los avances realizados desde 1946 por el Comité EspeciaI encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales, donde las Malvinas habían sido presentadas por parte de Gran Bretaña.


Resolución Nº 1514, Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales

La Asamblea General:
Teniendo presente que los pueblos del mundo han proclamado en la Carta de las Naciones Unidas que tan resueltos a reafirmar la fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres mujeres y de las naciones grandes y pequeñas y a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de libertad.
Consciente de la necesidad de crear condiciones de estabilidad y bienestar y relaciones pacíficas y amistosas basadas en el respeto de los principios de la igualdad de derechos y de la libre determinación de todos los pueblos, y de asegurar el respeto universal de los derechos humanos y las libertades fundamentales para tolos sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, y la efectividad de tales derechos y libertades.
Reconociendo el apasionado deseo de libertad que abrigan todos los pueblos dependientes y el papel decisivo de dichos pueblos en el logro de su independencia.
Consciente de los crecientes conflictos que origina el hecho de negar la libertad a esos pueblos o de impedirla, lo cual constituye una grave amenaza a la paz mundial.
Considerando el importante papel que corresponde a las Naciones Unidas como medio de favorecer el movimiento en pro de la independencia en los territorios en fideicomiso y en los territorios no autónomos.
Reconociendo que los pueblos del mundo desean ardientemente el fin del colonialismo en todas sus manifestaciones.
Convencida de que la continuación del colonialismo impide el desarrollo de la cooperación económica internacional, entorpece el desarrollo social, cultural y económico de los pueblos dependientes y milita en contra del ideal de paz universal de las Naciones Unidas.
Afirmando que los pueblos pueden, para sus propios fines, disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales sin perjuicio de las obligaciones resultantes de la cooperación económica internacional, basada en el principio del provecho mutuo, y del derecho internacional.
Creyendo que el proceso de liberación es irresistible e irreversible y que, a fin de evitar crisis graves, es preciso poner fin al colonialismo y a todas las prácticas de segregación y discriminación que lo acompañan.
Celebrando que en los últimos años muchos territorios dependientes hayan alcanzado la libertad y la independencia, y reconociendo las tendencias cada vez más poderosas hacia la libertad que se manifiestan en los territorios que no han obtenido aún la independencia.
Convencida de que todos los pueblos tienen un derecho inalienable a la libertad absoluta, al ejercicio de su soberanía y a la integridad de su territorio nacional.
Proclama solemnemente la necesidad de poner fin rápida e incondicionalmente al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones.
A dicho efecto declara que:
1. La sujeción de los pueblos a una subyugación, de nación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundial.
2. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.
3. La falta de preparación en el orden político, económico, social y educativo no deberá servir de pretexto para retrasar la independencia.
4. A fin de que los pueblos dependientes puedan ejercer pacífica y libremente su derecho a la independencia completa, deberá cesar toda acción armada o toda medida represiva de cualquier índole dirigida contra ello, y deberá respetarse la integridad de su territorio nacional.
5. En los territorios en fideicomiso y no autónomos y en todos los demás territorios que no han logrado aún su independencia deberán tomarse inmediatamente medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus derechos libremente expresados y sin distinción de raza, credo ni color, para permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas.
6. Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
7. Todos los Estados deberán observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, de la Declaración Universal de Derechos Humanos y de la presente Declaración sobre la base de igualdad, de la no intervención en los asuntos internos de los demás Estados y del respeto de los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorial.
                                                                             - o -
                                                                          
A esta resolución de la Asamblea General se suma otra sobre el mismo tema al año siguiente para solicitar los avances hasta la fecha, teniendo en cuenta que desde 1946 poco y nada se había realizado al respecto.
Pocos años después, en 1964, conocido como “Alegato Ruda” llega al seno del Subcomité III del “Comité especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales”, sobre la Resolución Nº 1514, la oportunidad de exponer la posición argentina sobre la cuestión Malvinas, a cargo del embajador José María Ruda, donde se hace hincapié en los derechos irrenunciables e imprescriptibles de la República Argentina sobre las Islas Malvinas.
Es al año siguiente que llega la Resolución Nº 2065, la primera que insta al diálogo entre Argentina y Gran Bretaña, realizada en la 1398a sesión plenaria de la Asamblea General, el 16 de diciembre de 1965.


Resolución Nº 2065, Cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland Islands)

La Asamblea General:
Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland Islands).
Teniendo en cuenta los capítulos de los informes del Comité especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas (F#lkland Islands) y en particular las conclusiones y recomendaciones aprobadas por el mismo relativas a dicho territorio.
Considerando que su Resolución Nº 1514, del 14 de diciembre de 1960, se inspiró en el anhelado propósito de poner fin al colonialismo en todas partes y en todas sus formas, en una de las cuales se encuadra el caso de las Islas Malvinas (F#lkland Islands).
Tomando nota de la existencia de una disputa entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acerca de la soberanía sobre dichas islas;
1. Invita a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir sin demoras las negociaciones recomendadas por el Comité especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema, teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la Resolución Nº 1514 de la Asamblea General, así como los intereses de la población de las Islas Malvinas  (F#lkland Islands):
2. Pide a ambos gobiernos que informen al Comité especial y a la Asamblea General, en el vigésimo primer período de sesiones, sobre el resultado de las negociaciones.
                                                                      - o -
                                                                     



Llegamos así al año 1973, a una nueva sesión plenaria del cuerpo realizada el 14 de diciembre, donde se evidencia la inexistencia de negociaciones serias y consistentes luego de 8 años de haber sido emitida la Resolución Nº 2065.
La falta de progresos es mencionada en esta nueva resolución de la Asamblea General.


Resolución Nº 3160. Cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland)

La Asamblea General:
Habiendo estudiado la cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland).
Recordando su Resolución Nº 1514 del 14 de diciembre de 1960, que contiene la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales.
Recordando asimismo su Resolución Nº 2065 del 16 de diciembre de 1965, que invita a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir sin demora las negociaciones recomendadas por el Comité especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales a fin de encontrar una solución pacífica al problema de las Islas Malvinas (F#lkland), teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de la Carta de las Naciones Unidas y de la Resolución Nº 1514 así como los intereses de la población de las Islas Malvinas  (F#lkland).
Gravemente preocupada por el hecho de que han transcurrido ocho años desde la adopción de la Resolución Nº 2065 sin que se hayan producido progresos sustanciales en las negociaciones.
Consciente de que la Resolución Nº 2065 indica que la manera de poner fin a esta situación colonial es la solución pacífica del conflicto de soberanía entre los gobiernos de la Argentina y el Reino Unido con respecto a dichas Islas.
Expresando su reconocimiento por los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina, conforme a las decisiones pertinentes de la Asamblea General, para facilitar el proceso de descolonización y promover el bienestar de la población de las Islas;
1. Aprueba los capítulos del informe del Comité especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas (F#lkland) y, en particular, la Resolución aprobada por el Comité especial el 21 de agosto de 1973 en relación con el Territorio;
2. Declara la necesidad de que se aceleren las negociaciones previstas en la Resolución Nº 2065 de la Asamblea General entre los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para arribar a una solución pacífica de la disputa de soberanía existente entre ambos sobre las Islas Malvinas (F#lkland);
3. Insta en consecuencia a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido a que, de acuerdo con las prescripciones de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, prosigan sin demora las negociaciones para poner término a la situación colonial;
4. Pide a ambos Gobiernos que informen al Secretario General y a la Asamblea General lo antes posible, y a más tardar en el vigésimo noveno período de sesiones, acerca de los resultados de las negociaciones encomendadas.
                                                                              - o -

1976 es el año de una nueva resolución que abreva en las anteriores, se puede decir que es un calco de la precedente del año 1973; aquí aparecen por primera vez algunas de las Declaraciones emitidas por el bloque de los Países no Alineados y advierte sobre modificaciones unilaterales del status quo del proceso.


Resolución Nº 31/49. Cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland)

La Asamblea General:
Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland).
Recordando sus Resoluciones Nº 1514 del 14 de diciembre de 1960, Nº 2065 del 16 de diciembre de 1965 y Nº 3160 del 14 de diciembre de 1973.
Teniendo presentes los párrafos relacionados con esta cuestión contenidos en la Declaración Política aprobada por la Conferencia de Ministros de Relaciones Exteriores de los Países no Alineados, celebrada en Lima el 25 al 30 de agosto de 1975, y en la Declaración política aprobada por la Quinta Conferencia de los Jefes de Estado o de Gobierno de los Países no Alineados, celebrada en Colombo del 16 al 19 de agosto de 1976.
Teniendo en cuenta el capítulo del informe del Comité especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concerniente a las Islas Malvinas (F#lkland) y, en particular, las conclusiones y recomendaciones aprobadas por el Comité especial relativas a dicho Territorio;
1. Aprueba el capítulo del informe del Comité especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concerniente a las Islas Malvinas (F#lkland) y, en particular, las conclusiones y recomendaciones aprobadas por el Comité especial relativas a dicho Territorio;
2. Expresa su reconocimiento por los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina, conforme a las decisiones pertinentes de la Asamblea General, para facilitar el proceso de descolonización y promover el bienestar de la población de las Islas;
3. Pide a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que aceleren las negociaciones relativas a la disputa sobre soberanía, según se pide en las Resoluciones Nº 2065 y Nº 3160 de la Asamblea General;
4. Insta a las dos partes a que se abstengan de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación mientras las Islas están atravesando por el proceso recomendado en las resoluciones arriba mencionadas;
5. Pide a ambos Gobiernos que informen al Secretario General y a la Asamblea General lo antes posible acerca de los resultados de las negociaciones.
                                                                            - o -

La siguiente resolución de la Asamblea General es del año 1982, con el conflicto terminado, recién acallados los cañones que dan paso a la continuidad diplomática, que no ofrece, ni antes ni ahora, los éxitos que la hora de las armas no pudo, no supo o no quiso conseguir.
Pocos cambios en la 55ª sesión plenaria de la Asamblea General del 04 de noviembre de 1982.


Resolución Nº 37/9. Cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland)

La Asamblea General:
Habiendo examinado la cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland).
Consciente de que el mantenimiento de situaciones coloniales es incompatible con el ideal de paz universal de las Naciones Unidas.
Recordando sus Resoluciones Nº 1514 del 14 de diciembre de 1960, Nº 2065 del 16 de diciembre de 1965, Nº 3160 del 14 de diciembre de 1973 y 31/49 del 1º de diciembre de 1976.
Recordando asimismo las resoluciones 502 (1982) del 3 de abril de 1982 y 505 (1982) del 26 de mayo de 1982 del Consejo de Seguridad,
Tomando en cuenta la existencia de una cesación de hecho de las hostilidades en el Atlántico Sur y la intención manifestada por las partes de no reanudarlas.
Reafirmando la necesidad de que las partes tengan debidamente en cuenta los intereses de la población de las Islas Malvinas (F#lkland) de conformidad con lo establecido en las resoluciones Nº 2065 y Nº 3160 de la Asamblea General.
Reafirmando asimismo los principios de la Carta de las Naciones Unidas sobre el no uso de la fuerza o la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionales y la solución pacífica de las controversias internacionales;
1. Pide a los Gobiernos de la Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad una solución pacífica a la disputa de soberanía referida a la cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland);
2. Pide al Secretario general que, sobre la base de la presente resolución, emprenda una misión renovada de buenos oficios a fin de asistir a las partes en el cumplimiento de lo solicitado en el párrafo I supra, adoptando con tal propósito las medidas apropiadas;
3. Pide al Secretario General que informe a la Asamblea General en su trigésimo octavo período de sesiones acerca de los progresos realizados en el cumplimiento de la presente resolución;
4. Decide incluir en el programa provisional de su trigésimo octavo período de sesiones el tema titulado “Cuestión de las Islas Malvinas (F#lkland)”.
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Moraleja: La diplomacia sin un instrumento militar acorde que cumpla el rol de disuasión no logra los objetivos deseados, por más capacidad, constancia y tenacidad que se inviertan en alcanzar el éxito de la misión.